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Conquista15429 min de lectura

Las Leyes Nuevas de 1542: la gran reforma para proteger a los indígenas

En pocas palabras

Las Leyes Nuevas de 1542 prohibieron la esclavitud indígena y quisieron acabar con la encomienda. La reforma que enfrentó a la Corona con los conquistadores.

En este artículo
  1. El sistema que se quería reformar: la encomienda
  2. Bartolomé de las Casas y la presión sobre la Corona
  3. El contenido de las Leyes Nuevas
  4. La rebelión de los encomenderos
  5. Cronología de las Leyes Nuevas
  6. El debate de Valladolid y sus límites
  7. Impacto real y legado historiográfico

En noviembre de 1542, el emperador Carlos I de España firmó en Barcelona un conjunto de disposiciones legales que sacudieron los cimientos del sistema colonial americano. Se las conoce como las Leyes Nuevas, y su contenido era tan radical para su época que desencadenó una rebelión armada de los colonos en el Perú, provocó la muerte de un virrey y tuvo que ser parcialmente retirado antes de que se aplicara de forma efectiva. No eran la primera norma protectora —las Leyes de Burgos de 1512 ya habían intentado regular el trato a los indígenas de las Antillas—, pero sí la reforma más ambiciosa: una potencia europea intentaba prohibir con carácter general la esclavitud de los pueblos que había sometido y desmontar el sistema que había enriquecido a sus conquistadores.

La historia de estas leyes es la historia de una batalla librada simultáneamente en los campos de América y en los salones de la corte española. Una batalla en la que participaron teólogos, juristas, conquistadores, frailes y los propios indígenas —aunque estos últimos, en su mayor parte, como sujetos del debate más que como interlocutores directos.

El sistema que se quería reformar: la encomienda

Para entender las Leyes Nuevas hay que entender qué era la encomienda. Desde los primeros años de la colonización de las Antillas, la Corona española había repartido entre los conquistadores el derecho a exigir trabajo y tributos a los indígenas de una zona determinada. A cambio, el encomendero debía velar por la evangelización y el bienestar de los indígenas encomendados. En teoría, era una relación de tutela. En la práctica, derivó a menudo en abusos que sus críticos equipararon con la esclavitud.

En las Antillas, los indígenas encomendados fueron llevados a lavaderos de oro y a trabajos agrícolas en condiciones que los mataban en masa; en México y el Perú, la encomienda se tradujo sobre todo en tributos y servicios personales, a menudo exigidos sin medida. Las epidemias —viruela, tifus, sarampión— ya habían diezmado a las poblaciones nativas, pero el trabajo forzado aceleraba el colapso demográfico de manera brutal. En las Antillas, algunas islas quedaron prácticamente despobladas en pocas décadas.

La Corona observaba este proceso con una mezcla de preocupación genuina y pragmatismo político. Los indígenas muertos no pagaban tributos. Un sistema que destruía la mano de obra también destruía la riqueza colonial. Pero más allá del cálculo económico, existía una presión moral creciente, protagonizada sobre todo por frailes dominicos que habían visto con sus propios ojos lo que ocurría en América.

Bartolomé de las Casas y la presión sobre la Corona

Ningún nombre es más central en la historia de las Leyes Nuevas que el de Bartolomé de las Casas. Nacido en Sevilla hacia 1484, Las Casas había llegado a La Española en 1502, fue encomendero y participó como capellán en la conquista de Cuba. Pero en 1514 vivió lo que él mismo describió como una conversión: renunció a sus encomiendas y dedicó el resto de su vida —moriría en 1566, con más de ochenta años— a denunciar el maltrato de los indígenas. En 1522 ingresó en la orden dominica.

Su estrategia fue llevar la denuncia directamente a la corte española. Viajó repetidamente a España, escribió memoriales, debatió con teólogos, se entrevistó con el propio Carlos I. Su obra más conocida, la Brevísima relación de la destruición de las Indias, redactada en 1542 y publicada diez años después, ofrece un cuadro desgarrador —aunque a veces hiperbólico— de los abusos cometidos en América. Fue uno de los textos más influyentes de su siglo, y más tarde uno de los pilares de la propaganda antiespañola que se conocería como «leyenda negra».

Las Casas no estaba solo. Otros frailes dominicos, como Antonio de Montesinos —quien ya en 1511 había pronunciado en La Española un sermón denunciando los malos tratos—, habían contribuido a crear un clima de debate dentro de la Iglesia y en la propia administración real. En 1537, el papa Paulo III había publicado la bula Sublimis Deus, declarando que los indígenas eran seres racionales y que su reducción a la esclavitud era ilícita. El escenario intelectual y moral estaba preparado para una reforma legal.

El contenido de las Leyes Nuevas

Las Leyes Nuevas, promulgadas el 20 de noviembre de 1542 y ampliadas en junio de 1543, constaban de varias decenas de capítulos que abordaban tanto la reorganización administrativa de las Indias —creaban el virreinato del Perú y nuevas audiencias en Lima y en los Confines, en Centroamérica— como la cuestión indígena. Sus disposiciones más polémicas eran las siguientes:

En primer lugar, prohibían de manera explícita que en adelante se esclavizara a ningún indígena por ninguna causa, ni siquiera por guerra o rebelión, y ordenaban poner en libertad a los esclavizados sin título legítimo. Prohibían también cargar a los indígenas como porteadores contra su voluntad y enviarlos a la pesca de perlas en condiciones de riesgo.

En segundo lugar, ordenaban la supresión gradual de las encomiendas. No se concederían otras nuevas. Las de los funcionarios reales, los monasterios y los hospitales, y las de quienes hubieran tenido parte principal en las disputas entre Pizarro y Almagro, debían revertir a la Corona de inmediato. El resto se extinguiría a la muerte de su titular: no podrían heredarse.

En tercer lugar, establecían un mayor control real sobre el gobierno de las Indias, reforzando la autoridad de los virreyes y las audiencias frente al poder de los encomenderos.

Era, en conjunto, un ataque directo al sistema que había enriquecido a los conquistadores y a sus descendientes. Y estos no iban a aceptarlo sin resistencia.

La rebelión de los encomenderos

Las Leyes Nuevas llegaron a América como una bomba. En México, el virrey Antonio de Mendoza y el visitador Francisco Tello de Sandoval optaron por suspender las cláusulas más conflictivas mientras los colonos apelaban a la corte, y evitaron así una confrontación abierta. Pero en el Perú, donde las heridas de las guerras civiles entre pizarristas y almagristas estaban aún frescas, la reacción fue explosiva.

El virrey Blasco Núñez Vela llegó al Perú en 1544 con la intención de aplicar las leyes de forma estricta e inmediata. Los encomenderos, encabezados por Gonzalo Pizarro, hermano del conquistador Francisco Pizarro, se levantaron en armas. En enero de 1546, en la batalla de Añaquito, las fuerzas de Gonzalo Pizarro derrotaron y mataron al propio virrey. Era la primera vez que unos colonos daban muerte a un virrey de las Indias.

La Corona reaccionó enviando a un nuevo enviado, el clérigo Pedro de la Gasca, con plenos poderes para negociar y también para reprimir. La Gasca logró fracturar la coalición rebelde, derrotó a Gonzalo Pizarro en la batalla de Jaquijahuana en abril de 1548 y lo hizo ejecutar. Pero para entonces, la cláusula que prohibía la herencia de las encomiendas ya había sido revocada, en octubre de 1545, ante la presión de los colonos de todas las Indias. Las Leyes Nuevas quedaron, en la práctica, enormemente recortadas.

Cronología de las Leyes Nuevas

FechaAcontecimiento
1511Fray Antonio de Montesinos denuncia en La Española el maltrato a los indígenas
1512Leyes de Burgos, primera regulación general del trato a los indígenas
1514Bartolomé de las Casas renuncia a sus encomiendas
1537Bula Sublimis Deus del papa Paulo III: los indígenas son personas racionales
20 noviembre 1542Carlos I promulga las Leyes Nuevas en Barcelona
1544El virrey Blasco Núñez Vela llega al Perú para aplicar las leyes
Octubre 1545La Corona revoca la prohibición de heredar encomiendas
18 enero 1546Batalla de Añaquito: muerte del virrey Núñez Vela
Abril 1548Pedro de la Gasca derrota y ejecuta a Gonzalo Pizarro
1550–1551Debate de Valladolid entre Las Casas y Ginés de Sepúlveda sobre la justicia de la conquista

El debate de Valladolid y sus límites

Aunque las Leyes Nuevas quedaron reducidas en su alcance práctico, el debate que generaron no se extinguió. En 1550 y 1551 tuvo lugar en Valladolid la confrontación intelectual más célebre de la era colonial: Las Casas frente al humanista Juan Ginés de Sepúlveda, quien defendía que los indígenas eran por naturaleza inferiores y que la guerra de conquista era justa.

El debate fue extraordinariamente sofisticado desde el punto de vista filosófico y jurídico. Sepúlveda se apoyaba en la Política de Aristóteles —la teoría de la servidumbre natural— para justificar la dominación. Las Casas argüía que todos los seres humanos tienen igual dignidad racional y que la conquista violenta era contraria al derecho divino y natural. Para profundizar en los marcos teóricos de este debate, los estudios de Lewis Hanke sobre la lucha por la justicia en la conquista siguen siendo imprescindibles.

No hubo un veredicto oficial claro. Pero el solo hecho de que la Corona organizara ese debate —y suspendiera entretanto nuevas conquistas mientras se discutía su legitimidad— difícilmente tiene equivalente en las demás potencias coloniales de la época.

Impacto real y legado historiográfico

El balance de las Leyes Nuevas es necesariamente ambiguo. En lo inmediato, su efecto práctico fue limitado: la encomienda sobrevivió en formas diversas durante todo el período colonial, y la explotación de la mano de obra indígena continuó a través del sistema de la mita y otras instituciones. Las poblaciones nativas siguieron reduciéndose durante todo el siglo XVI y buena parte del XVII, víctimas de la enfermedad, el trabajo forzado y la desestructuración social.

Sin embargo, el legado de las Leyes Nuevas trasciende sus efectos directos. Establecieron el principio —por primera vez codificado en derecho positivo— de que los indígenas eran súbditos de la Corona con derechos protegibles, no simplemente mano de obra o botín de guerra. Ese principio, aunque constantemente violado en la práctica, creó un marco legal desde el que se podía denunciar el abuso y reclamar justicia. Las comunidades indígenas aprendieron a usarlo: los archivos coloniales están llenos de pleitos en los que indígenas individuales y comunidades enteras recurrieron a la justicia real invocando las protecciones establecidas a raíz de estas reformas.

Algunos historiadores ven en las Leyes Nuevas, y en el debate que las rodeó, un antecedente temprano de lo que hoy llamaríamos derechos humanos; otros advierten contra ese anacronismo y subrayan que nunca se cuestionó la soberanía de la Corona sobre las Indias. Las obras de Anthony Pagden sobre el pensamiento político español han analizado con profundidad cómo los juristas y teólogos de Salamanca —Francisco de Vitoria, Domingo de Soto, Melchor Cano— construyeron en estas décadas una teoría del derecho internacional que influiría en Hugo Grocio y, a través de él, en toda la tradición del derecho internacional moderno.

Las Leyes Nuevas de 1542 no frenaron el colapso de los pueblos indígenas de América, pero muestran que dentro del propio sistema colonial hubo voces que denunciaron sus abusos y consiguieron, al menos en parte, convertir esa denuncia en ley.

Mientras tanto en América

Lo que ocurría en otras partes del continente en 1542.

Para leer más

Brevísima relación de la destruición de las Indias

Bartolomé de las Casas

El alegato del fraile dominico que más presionó para que se aprobaran las Leyes Nuevas, influyente y a menudo hiperbólico en sus cifras.

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La lucha por la justicia en la conquista de América

Lewis Hanke

Análisis profundo de la lucha por la justicia en las colonias españolas y el papel de las Leyes Nuevas en el debate sobre los derechos indígenas.

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El imperialismo español y la imaginación política

Anthony Pagden

Estudio sobre cómo los juristas y teólogos españoles construyeron el marco legal que dio lugar a reformas como las Leyes Nuevas.

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